Revisoría Fiscal

La Revisoría Fiscal es una figura particular y cumplir con las obligaciones contables y tributarias puede ser confuso. permítenos darte un apoyo profesional en la inspección y verificación del cumplimiento de las normas internas y externas en materia contable y tributaria.

¿En qué consiste la Revisoría Fiscal?

La Revisoría Fiscal es una función que pueden ejercer solo los Contadores Públicos en ejercicio y la cual se encuentra normada los artículos 203 al 2017 de Código de Comercio.

Es un servicio profesional mediante el cual un contador público da fe del cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones contables y tributarias de una sociedad, dictaminando sus estados financieros y sus declaraciones tributarias.

Artículos 203 al 217

¿Qué elementos constituyen el servicio?

¿Quienes están capacitados para ser Revisores Fiscales?

La revisoría fiscal en Colombia debe ser ejercida por un contador público profesional con tarjeta profesional vigente.

¿Cuáles son los pasos?

  1. Asignación de profesional contable.
  2. Redacción de plan de trabajo o cronograma de actividades.
  3. Desarrollo del plan diseñado.

¿Cuáles con los requisitos para la Revisoría Fiscal?

El artículo 203 del Código de Comercio señala quienes se encuentran obligados a tener revisor fiscal.

  1. Sociedades por acciones;
  2. Sucursales de compañías extranjeras, y
  3. Sociedades en las que por ley o por estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del 20% del capital social”.
  4. “será obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de 5.000 salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a 3.000 salarios mínimos”.

¿Cuáles son las sanciones por no tener Revisor Fiscal?

El incumplimiento de la obligación de tener revisor fiscal puede llevar a múltiples sanciones. Entre los incumplimientos se encuentra la no presentación de estados financieros, señalada en el artículo 42 de la ley 222 de 1995, donde se mencionan sanciones por las que la administración deberá responder.

Por su parte, el incumplimiento de la firma de declaraciones tributarias podrá originar, a su vez, sanciones, dado que, en caso de que una empresa obligada a tener revisor fiscal no lo haga, las declaraciones se entenderán cómo no presentadas ante la Dian. Así lo dispone el literal d) del artículo 580 del Estatuto Tributario -ET-.Adicionalmente, se debe tener en cuenta que si la Dian da por no presentadas las declaraciones tributarias, la empresa difícilmente podrá acceder a créditos bancarios o a la venta de acciones, dado que la confiabilidad de información contenida tanto en las declaraciones tributarias como en los estados financieros es una cualidad que se obtiene al llevar la firma del revisor fiscal.

· Artículo 42 de la Ley 222 de 1995
· Literal d) del artículo 580 del Estatuto Tributario –ET–

¿Cuál es el tiempo estimado del servicio?

La intensidad horaria estimada dependerá de las necesidades del cliente.